Actualidad
02/02/2007
El plazo de entrega de las solicitudes abarcará desde el 2 de febrero hasta el 2 de marzo de 2007.
El MITyC convoca las ayudas del PROFIT en el área de desarrollo industrial
El BOE de 1 de febrero, ha publicado las ayudas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio del Programa de Fomento de la Investigación Técnica (PROFIT), dentro del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (2004-2007). Estas ayudas se podrán solicitar hasta el 2 de marzo de 2007. Estas ayudas tienen como objetivo estimular a las empresas y a otras entidades a llevar a cabo actividades de investigación y desarrollo tecnológico (I+D). Para ello, el Ministerio de Industria destinará un presupuesto total, para el período 2007-2008, de 67.500.000 euros en subvenciones y 440.000.000 euros en préstamos (49.569.600 euros en subvenciones y 320.399.080 euros en préstamos en la anualidad 2007). Las ayudas convocadas podrán solicitarse para proyectos y actuaciones plurianuales, siempre que parte del proyecto o actuación se realice en el año 2007 y se solicite la ayuda para dicho ejercicio, aunque se podrá solicitar y conceder ayuda hasta el ejercicio 2008, incluido. Se financiarán los gastos que estén directamente relacionados con el desarrollo del proyecto o actuación, como son: gastos de personal propio o contratado dedicado directamente al proyecto; subcontrataciones derivadas del proyecto; material fungible exclusiva y permanentemente destinado al proyecto; aparatos y equipos dedicados al proyecto; gastos ligados al registro de patentes, sólo si el beneficiario de la ayuda es pymes y costes indirectos, como son los gastos del proyecto pero que por su naturaleza no pueden imputarse de forma directa por no poder individualizarse. Podrán solicitar estas ayudas las empresas (las microempresas sólo en proyectos en cooperación tanto como solicitante como cooperante); los centros privados de I+D, sin ánimo de lucro no universitarios; las agrupaciones o asociaciones empresariales; las entidades de derecho público distintas de los centros públicos de I+D sólo en acciones complementarias o acciones complementarias de cooperación internacional y los centros tecnológicos, sólo como cooperantes, nunca pueden ser solicitantes. En el caso del Plan Nacional de Ciencias Sociales, Económicas y jurídicas, podrán beneficiarse los centros privados de I+D, sin ánimo de lucro no universitarios; las entidades de derecho público distintas de los centros públicos de I+D; las asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro y los centros Tecnológicos, sólo como cooperantes, nunca pueden ser solicitantes. En ningún caso pueden ser ni solicitantes ni cooperantes los Centros Públicos de I+D ni los Centros privados de I+D, sin ánimo de lucro universitarios. Fuente: Ayudas.net
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